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Formación de mediadores

Centro de Investigación en Acuicultura y Medio Ambiente

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El proceso judicial ha sido la forma usual de resolver conflictos entre las personas físicas y jurídicas. Los plazos de la Justicia y el alto coste que ello ha representado con las instancias jurisdiccionales ha propiciado que surjan otras formas de resolución de conflictos rápida, eficaz y de menor coste para las partes. La mediación es uno de esos instrumentos que de forma sencilla, más barata y con intervención directa de las partes permite lograr soluciones satisfactorias a los conflictos de intereses entre personas físicas y jurídicas

Las partes, mediante un contrato de mediación, nombran a un mediador y se obligan a retribuir los servicios de información, asesoramiento, y orientación que les presta con el fin de que lleguen a un acuerdo entre ellas. A las partes finalmente se les invita a plasmar sus acuerdos en un documento que se protocoliza ante Notario y que constituye el contenido fehaciente de los compromisos adquiridos por ambas.

La mediación y las formas alternativas de conflictos como el arbitraje y la conciliación, exigen una formación a los Mediadores cuyos contenidos deben reunir unos requisitos de calidad, método, adecuación de los programas a los requerimiento de formación, idoneidad de los profesores que imparten las materias, sistemas de evaluación contrastados y objetivos y existencia de códigos de buenas prácticas protocolizados que deben de observar los Mediadores.

Actualmente, no existe un procedimiento ordenado y sistematizado en forma de manual que haya sido implantado en entidades privadas cuyo objeto sea el ejercicio de la Mediación por sus Mediadores y la formación de Mediadores. En este campo, la profesora Mª Jesús Romero posee experiencia en los aspectos docentes relativos a cómo confeccionar un programa de formación, qué requerimientos de formación y didácticos debe poseer un profesor para impartirlo, qué metodologías docentes son las óptimas para una transferencia adecuada de conocimiento y qué características necesarias debe tener un sistema de evaluación de conocimientos. Todos estos aspectos, por su carácter genérico pero sistematizado y ordenado, pueden ser exportables a muchas áreas de formación y, consecuentemente, ofrecer asistencia técnica en dichos aspectos.

Igualmente, la experiencia en la formación sobre la aplicación de normas de calidad en la construcción y protocolos de actuación le permiten poder asesorar técnicamente en qué ítems y procedimientos hay que seguir para construir un protocolo de buenas prácticas que permita actuaciones de calidad en diversos campos de actuación profesional incluso no relacionado con los agentes intervinientes en la construcción.
Responsable científico

Romero Aloy María Jesús

Aplicaciones

  • Formación especializada en mediación